Los bienes son durante nuestros últimos años de vida, a menudo, un quebradero de cabeza más que algo a disfrutar. Y es que en nuestro país existen fuertes impedimentos para conseguir que nuestros hijos y otros herederos se hagan con ellos sin pagar un fortuna. Desde G&V Asesores queremos ayudarte con este tema, puesto que somos especialistas en herencias, con más de 30 años de experiencia en el sector. A continuación te contamos cuál es la mejor opción para dejar una propiedad a tus hijos o futuros herederos?
¿Qué aspectos se deberán tener en cuenta a la hora de dejar una propiedad a tus hijos o futuros herederos?
Base imponible
No importa la solución que busques a la hora de dar a los tuyos tus pertenencias, en este caso, un inmueble. Existe una base imposible que no se puede eludir.
Esta se calcula en base al valor de dicho inmueble. En el momento en que este vaya a cambiar de manos, la propiedad tendrá un valor determinado y sobre este se va a liquidar el impuesto que corresponda.
Esto significa que no se puede vender una casa por 20 euros, puesto que su valor mínimo estará por encima de esta cifra. Hacienda, por supuesto, revisa todos y cada uno de los casos de transacciones de este tipo, calculando personalmente el valor del bien y, con ello, de los impuestos correspondientes que deberían haber sido abonados en el momento de la herencia, donación o incluso venta (Sucesión, donación, plusvalía, IRPF…). ¿El resultado? Una considerable sanción económica.
Impuestos
Veamos cuáles son los impuestos imprescindibles a liquidar:
Sucesiones y donaciones
Este impuesto lo va a pagar siempre quien va a obtener la propiedad. Su regulación la llevan las diferentes comunidades autónomas y es realmente irregular, existiendo casos en los que el impuesto es astronómico hasta otros en los que se reduce el 99.99% del valor de la vivienda o incluso se queda exento en circunstancias especiales.
Esto hace que, inevitablemente, el lugar sea un factor esencial a la hora de decidir cuál es la mejor opción para dejar una propiedad a tus hijos o futuros herederos.
IRPF
Este es responsabilidad del donante o fallecido. En el primer caso, esta donación debe declararse en renta, a excepción de aquellas personas que hayan donado su vivienda habitual y sean, además, mayores de 65 años. En el segundo caso, por obvias razones, no se paga cantidad alguna como IRPF.
Plusvalía municipal
Este grava el incremento del valor de los terrenos. Siempre es obligación de quien recibe la propiedad el liquidar este impuesto.
Ubicaciones y residencia
Mucho ojo porque a continuación vienen otros dos aspectos que pueden resultar determinantes y que pueden hacer que ganes mucho dinero (o dejes de perderlo).
Donaciones
Cuando se recibe una donación, se tiene en cuenta exclusivamente la ubicación donde se encuentra el inmueble. Esto es, una donación de un bien inmueble tributará en la comunidad autónoma donde este se encuentra y según las exigencias de esta.
Herencias
Por el contrario, en el caso de las herencias no debemos atender a la ubicación de la propiedad sino a la residencia de la persona que traspasa sus bienes.
Esto significa que, aunque la propiedad que vayas a heredar se encuentre en una comunidad, se van a aplicar los impuestos propios de la comunidad donde residiese el fallecido.
Resulta de especial interés esta situación puesto que muchas personas no tienen ni idea de ello he incluso han renunciado a herencias sin conocer las circunstancias pensando que debían pagar una cifra demasiado alta por los bienes a percibir.
Y hasta aquí todo lo que necesitas saber sobre cuales son las mejores opciones para dejar una propiedad a tus hijos o futuros herederos. Si tienes alguna duda que no se haya visto resuelta con el artículo en relación a la realización o el cobro de herencias no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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