{"id":4501,"date":"2018-05-16T09:20:19","date_gmt":"2018-05-16T09:20:19","guid":{"rendered":"https:\/\/gv-asesores.net\/?p=4501"},"modified":"2018-05-16T09:53:58","modified_gmt":"2018-05-16T09:53:58","slug":"reparto-herencia-hermanos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gv-asesores.net\/reparto-herencia-hermanos\/","title":{"rendered":"C\u00f3mo tratar el reparto de la herencia entre hermanos"},"content":{"rendered":"

\"C\u00f3mo<\/p>\n

Aunque tras la muerte de un ser querido lo \u00faltimo que se piensa es en su dinero y el resto de bienes, es inevitable que, llegado el punto, los herederos se cuestionen c\u00f3mo tratar el reparto de la herencia entre hermanos<\/strong>.<\/p>\n

Aspectos esenciales sobre el patrimonio a heredar y el reparto de la herencia entre hermanos<\/h2>\n

Veamos algunos aspectos que es imprescindible conocer cuando nos convertimos en herederos.<\/p>\n

El testamento<\/h3>\n

C\u00f3mo ya os explicamos en el post “\u00bfQui\u00e9nes son los herederos legales en el reparto de herencias?<\/a>” si se tiene un testamento<\/strong> se debe hacer caso a este, asegurando siempre la recepci\u00f3n de la \u201cleg\u00edtima\u201d. Esta es, la m\u00ednima cantidad que cada heredero (seg\u00fan el tipo o grado) tiene derecho a recibir.<\/p>\n

En este caso, al menos dos tercios de una herencia deben ir a parar a los hijos<\/strong> y de estos, la mitad debe ser repartida por igual. Por tanto, la cantidad vendr\u00e1 determinada por el n\u00famero de hermanos pero se sabe que, al menos, un sexto de la herencia ser\u00e1 dividido entre todos.<\/p>\n

Herencia sin testamento<\/h3>\n

Si no existe testamento<\/strong>, el total de hijos carnales (de padre y madre) recibir\u00e1 la mitad de los bienes.<\/p>\n

Siguiendo el v\u00ednculo carnal, si existen, adem\u00e1s, hijos de s\u00f3lo padre o madre, estos (da igual cu\u00e1ntos), recibir\u00e1n el 50% restante.<\/p>\n

\"herencia<\/p>\n

Herencia de una vivienda<\/h3>\n

Heredar una vivienda<\/strong> entre hermanos suele llevar a desacuerdo, es por eso que se acurde a asesor\u00edas fiscales<\/a>. Para estos casos, la \u00fanica soluci\u00f3n es llevar el asunto a la v\u00eda judicial (que suele optar por la venta del inmueble y reparto del beneficio).<\/p>\n

Destacar que, mientras la decisi\u00f3n, en acuerdo o por procedimiento judicial, es tomada, todos los gastos de la vivienda corresponden a los herederos.<\/p>\n

Hijos (u otros) desheredados<\/h3>\n

Como dec\u00edamos antes, la leg\u00edtima<\/a> es un porcentaje que siempre van a recibir los herederos directos<\/strong>, aun cuando en testamento se indique lo contrario. Si una persona desea fervientemente que esto sea as\u00ed, lo que debe hacer es desheredar a su hijo. Para ello, s\u00f3lo existen dos causas posibles:<\/p>\n