{"id":5112,"date":"2019-09-10T08:43:40","date_gmt":"2019-09-10T08:43:40","guid":{"rendered":"https:\/\/gv-asesores.net\/?p=5112"},"modified":"2019-09-19T07:46:33","modified_gmt":"2019-09-19T07:46:33","slug":"puedo-facturar-sin-ser-una-empresa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gv-asesores.net\/puedo-facturar-sin-ser-una-empresa\/","title":{"rendered":"\u00bfPuedo facturar sin ser una empresa?"},"content":{"rendered":"
A priori muchos piensan que no es posible facturar sin ser una empresa o sin ser un aut\u00f3nomo<\/span>, pero s\u00ed, \u00a1s\u00ed es posible<\/strong>! Aunque, como imaginar\u00e1s, existen asuntos legales que podr\u00edan traerte problemas<\/span> si no los tienes en cuenta. Si en tu caso quieres crear una empresa<\/span> puedes leer el post donde se explican los diferentes contratos que existen a la hora de contratar a los empleados<\/strong><\/a>.<\/p>\n Bien, para que est\u00e9s bien informado acerca de este tema<\/strong>, te recomendamos no perderte este post, \u00bfvale? \u00a1Empecemos!<\/p>\n Lo primero que debes hacer para empezar a facturar<\/strong> de este modo es darte de alta en el censo de empresarios de Hacienda<\/span> con el modelo 036.<\/p>\n Y no solo eso, hay dos puntos<\/strong> que deben presentarse s\u00ed o s\u00ed, aparte de gestionar tu alta como empresa o aut\u00f3nomo<\/span> y pagar la respectiva cuota.<\/p>\n Bien, vamos a los dos detalles a tener en cuenta<\/span> para empezar a facturar sin ser empresa o aut\u00f3nomo<\/strong>:<\/p>\n Ahora \u00bfqu\u00e9 significa \u201cfrecuentemente\u201d para la Seguridad Social. La verdad es que para ellos no deber\u00edas darte de alta<\/strong> si vas a realizar actividades que sean catalogadas como un medio de vida<\/span>, sino cuando es algo ocasional o complementario.<\/p>\n Si no emites facturas frecuentemente y cobras menos de 900 euros al mes<\/span> s\u00ed puedes facturar sin ser empresa o aut\u00f3nomo<\/strong>.<\/p>\n Por el contrario, en caso de que hagas facturas todos los meses<\/span> y con la misma cantidad-independientemente de que sean pocas- la Ley lo interpretar\u00e1 como si est\u00e1s realizando una actividad de forma habitual y podr\u00edas tener problemas legales<\/strong>.<\/p>\n Otro punto importante<\/strong> es que si facturas sin ser empresa o aut\u00f3nomo<\/span> y est\u00e1s cobrando el paro inmediatamente perder\u00e1s la prestaci\u00f3n.<\/p>\n Ya lo dijimos, para empezar a facturar en esta condici\u00f3n<\/span> es necesario que est\u00e9s dado de alta en Hacienda, justamente en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.<\/p>\n De esta forma es que Hacienda tendr\u00e1 un control de tus ingresos y conocer\u00e1 cu\u00e1nto ganas<\/span>. En tanto, tendr\u00edas que rellenar el complejo modelo 036 y enviarlo a Hacienda<\/strong>.<\/p>\n Ojo, este proceso no es muy sencillo, de hecho puede resultarte complicado<\/strong> sobre todo porque tiene algunos puntos que son dif\u00edciles de entender<\/span> y m\u00e1s cuando no se maneja mucha informaci\u00f3n al respecto.<\/p>\n \u00bfEsto es todo? No, ten en cuenta que igualmente deber\u00e1s cumplir con las obligaciones fiscales<\/strong> como si de un empresario (o de un aut\u00f3nomo) se tratara. Es decir, tendr\u00e1s que presentar los trimestres, los res\u00famenes anuales, pagar IVA y el IRPF.<\/p>\n Como ver\u00e1s, tendr\u00e1s las mismas obligaciones que una empresa o un aut\u00f3nomo. Si no lo haces estar\u00edas enfrent\u00e1ndote a grandes multas<\/strong>. Estamos hablando de cuotas mensuales desde que te diste de alta en Hacienda<\/span> con un recargo del 20%.<\/p>\n Por ejemplo, en caso de que te hayas dado de alta en enero y la multa sea en mayo, deber\u00e1s pagar las cuotas de esos cinco meses<\/strong> incluyendo un 20% de recargo.<\/p>\n Para ser m\u00e1s claros, esta cuant\u00eda aumentar\u00eda a casi 1600 euros<\/span>, m\u00e1s lo que exige la multa y te cobrar\u00e1n directamente como si fueras un aut\u00f3nomo.<\/p>\n Ya has visto que en algunos casos puedes\u00a0facturar sin ser una empresa o sin ser aut\u00f3nomo<\/span>. Pero si no lo tienes del todo claro<\/span>, la mejor opci\u00f3n es que solicites una asesor\u00eda legal<\/strong><\/a>.<\/p>\n\u00bfCu\u00e1ndo puedo comenzar a facturar sin ser empresa o aut\u00f3nomo?<\/strong><\/h2>\n
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En resumen:<\/strong><\/h3>\n
C\u00f3mo debo facturar sin ser empresa o aut\u00f3nomo<\/strong><\/h2>\n
Riesgos de facturar sin ser empresa o aut\u00f3nomo <\/strong><\/h3>\n