G&V Assessors<\/a> estaremos encantados de ayudarte.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"En el BOE del 30 de diciembre de 2021 se ha publicado el Real Decreto Ley Real Decreto-ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la estabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo que modifica una serie de normas. La negociaci\u00f3n colectiva, la contrataci\u00f3n y los mecanismos de ajuste de empleo para evitar despidos son los tres \u00e1mbitos en los que se centra el acuerdo alcanzado por el Gobierno espa\u00f1ol con los agentes sociales sobre la nueva reforma laboral. Negociaci\u00f3n colectiva en una reforma laboral Los aspectos que va a tener en cuenta la nueva reforma laboral en materia de la negociaci\u00f3n colectiva son los siguientes: El convenio de empresa tendr\u00e1 prioridad aplicativa sobre el de \u00e1mbito superior, salvo en materia salarial. Un convenio colectivo se mantendr\u00e1 vigente mientras se negocia su renovaci\u00f3n, si bien transcurrido un a\u00f1o las partes deber\u00e1n someterse a procedimientos de mediaci\u00f3n o, si existe acuerdo previo, de arbitraje. Contrataci\u00f3n en una reforma laboral Las novedades en materia de contrataci\u00f3n de la nueva reforma laboral son las siguientes: El contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido. Desaparece el contrato por obra y servicio. El contrato temporal solo podr\u00e1 celebrarse por circunstancias de la producci\u00f3n o por sustituci\u00f3n de persona trabajadora con derecho a reserva del puesto de trabajo. El contrato por circunstancias de la producci\u00f3n no ser\u00e1 superior a 6 meses, ampliable a 1 a\u00f1o por convenio colectivo sectorial. Podr\u00e1 celebrarse cuando haya un “incremento ocasional e imprevisible” de la actividad o cuando haya “oscilaciones que, aun trat\u00e1ndose de actividad normal de la empresa, generen un desajuste temporal”, entre las que se incluyen las vacaciones anuales. Podr\u00e1 utilizarse tambi\u00e9n para atender situaciones ocasionales, previsibles y de duraci\u00f3n reducida y delimitada, por un m\u00e1ximo de 90 d\u00edas al a\u00f1o no continuados y nunca en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas que constituyan la actividad ordinaria de la empresa. Los contratos temporales fraudulentos ser\u00e1n convertidos en indefinidos, as\u00ed como quienes acumulen 18 meses de trabajo en un plazo de 24 meses, en el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o m\u00e1s contratos por circunstancias de la producci\u00f3n, directamente o a trav\u00e9s de su puesta a disposici\u00f3n por empresas de trabajo temporal. Los convenios colectivos podr\u00e1n establecer planes de reducci\u00f3n de la temporalidad, as\u00ed como fijar tasas m\u00e1ximas de temporalidad en la plantilla y las consecuencias derivadas de su incumplimiento. El contrato de formaci\u00f3n no podr\u00e1 ser inferior a 6 meses ni superior a un a\u00f1o. El contrato fijo discontinuo se establece para trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, con periodos de ejecuci\u00f3n ciertos. Podr\u00e1n realizarse en el marco de contratas o por empresas de trabajo temporal (ETT). Para el c\u00e1lculo de la antig\u00fcedad se tendr\u00e1 en cuenta toda la duraci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral y no el tiempo de servicios efectivamente prestados. Expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo (ERTE) Las novedades en materia de expedientes de regulaci\u00f3n temporal de empleo (ERTE) de la nueva reforma laboral son las siguientes: Se mantienen los ERTE por causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas y de producci\u00f3n (ETOP), as\u00ed como los de fuerza mayor (por decisiones administrativas, incluidas las de protecci\u00f3n de la salud p\u00fablica), con exoneraciones voluntarias del 20 % y el 90 % de las cuotas sociales, respectivamente. Mecanismo RED: las empresas podr\u00e1n poner en marcha estos ERTE (previa activaci\u00f3n por el Consejo de Ministros) en caso de crisis por un m\u00e1ximo de un a\u00f1o y con exoneraciones del 20% al 60 %, o en caso de reestructuraci\u00f3n sectorial por un a\u00f1o prorrogable a dos y con una exoneraci\u00f3n del 20 %. Las exoneraciones solo ser\u00e1n para las empresas que desarrollen acciones formativas. La prestaci\u00f3n RED ser\u00e1 el 70 % de la base reguladora durante todo el periodo, a la que se le descontar\u00e1 la parte de la cotizaci\u00f3n social a cuenta del trabajador, y no consumir\u00e1 paro. El Gobierno crear\u00e1 un fondo RED para atender las necesidades de financiaci\u00f3n del mecanismo que estar\u00e1 dotado v\u00eda presupuestos generales del Estado, con financiaci\u00f3n europea y por el excedente de los ingresos por cotizaciones sociales por desempleo Subcontrataci\u00f3n Los aspectos que va a tener en cuenta la nueva reforma laboral en materia de la subcontrataci\u00f3n son los siguientes: El convenio colectivo sectorial de aplicaci\u00f3n en las empresas contratistas y subcontratistas ser\u00e1 el de la actividad desarrollada, salvo que \u00e9stas cuenten con convenio propio, que ya no tendr\u00e1 prioridad en materia salarial. La empresa que contrate o subcontrate con otras deber\u00e1 comprobar que \u00e9stas est\u00e1n al corriente de sus obligaciones salariales y con la Seguridad Social y responder\u00e1 solidariamente por ello. Esto no se aplicar\u00e1 en la actividad de la construcci\u00f3n o reparaci\u00f3n de vivienda. Extinci\u00f3n de contrato Las novedades en materia de extinciones de contrato de la nueva reforma laboral son las siguientes: Expirada la duraci\u00f3n m\u00e1xima del contrato temporal, si no hubiera denuncia y se continuar\u00e1 en la prestaci\u00f3n laboral, el contrato se considerar\u00e1 prorrogado t\u00e1citamente por tiempo indefinido. No dudes en consultarnos si te surge cualquier duda sobre como te afecta la nueva reforma laboral en G&V Assessors estaremos encantados de ayudarte.<\/p>\n","protected":false},"author":88,"featured_media":4584,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[101],"tags":[],"yoast_head":"\n
Las claves de la nueva reforma laboral<\/title>\n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n\t \n\t \n\t \n \n \n \n \n \n\t \n\t \n\t \n