La pandemia afecta a los autónomos con la no deducibilidad de los gastos de suministros
La Dirección General de Tributos (DGT) ha dictaminado que no se podrán deducir los gastos de suministro (luz, agua, internet) causados por la obligación de teletrabajar como consecuencia de la pandemia.
La justificación de dicha decisión esta en que una realización esporádica de la actividad económica en el hogar por causas excepcionales no permite la deducibilidad de dichos gastos.
Hay algún caso en el que los gastos de suministro sean deducibles?
Para que los gastos de suministro del hogar sean deducibles hace falta que la actividad económica realizada afecte parcialmente a la vivienda. Si se cumple esta condición, se podrá deducir la parte proporcional de gastos de suministro causados por la actividad económica dictado en el Artículo 20.3.5ª. Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
La pandemia afecta a los autónomos económicamente
El gobierno ha tenido que aprobar una serie de ayudas a los autónomos debido a los daños causados por la pandemia. El estado de alarma causó que miles de negocios en España tuvieran que cerrar sin saber cuando podrían volver a abrir de nuevo. Esto provocó un gran descenso de los ingresos de los autónomos.
A lo largo de los meses desde que se declaró el estado de alarma el 12 de marzo de 2020 se ha apoyado al colectivo de autónomos con diferentes medidas:
- Moratoria de alquileres
- Ayudas sociales
- Mediadas de apoyo a las personas
- Apoyo al tejido productivo
- Etc.
Se amplia el plazo de solicitud de las ayudas a los autónomos hasta el 31 de enero de 2021
El próxima (o pasado depende cuando publiquemos post) 31 de enero finaliza el plazo para la solicitud de las ayudas a los autónomos con el fin de disminuir las perdidas causadas en este sector por la pandemia.
En GV Asesores queremos ayudarte a solicitar esta ayuda y asesorarte en qué tipo te puedes acoger como autónomo.
Prestación extraordinaria compatible con la actividad
Para optar a esta ayuda, el autónomo ha de acreditar que ha sufrido un descenso del 75% de sus ingresos el ultimo trimestre de 2020 respecto el ultimo trimestre de 2019. Además, dicho autónomo debe estar al día con los pagos de la Seguridad Social y estar dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Si cumples los requisitos podrás optar a una prestación del 70% de la base reguladora del autónomo.
Prestación extraordinaria para autónomos de temporada
Para optar a esta ayuda, el autónomo ha de estar recogido en el Real Decreto Ley 24/2020, de 26 de junio, ha de haber cotizado como mínimo 4 meses entre junio y diciembre de 2019. Además no ha de haber superado 23.275€ de ingresos durante el pasado ejercicio ni haber recibido ninguna prestación de la Seguridad Social en el primer trimestre de 2021.
Si cumples los requisitos podrás optar a una prestación del 70% de la base reguladora del autónomo.
Conclusión
Todas estas ayudas de momento van a estar disponible hasta el 31 de enero. Si necesitas ayuda para solicitarlas, contacta con GV Asesores y estaremos encantados de ayudarte y asesorarte. Respecto a la deducción de gastos, si finalmente después de la pandemia decides quedarte en casa y realizar tu actividad económica allí en GV Asesores te enseñaremos que gastos puedes deducirte y cómo debes hacerlo.