Las herencias no se reclaman ni se reciben por arte de magia, la Ley es bastante específica en estos asuntos y siempre viene bien echarle un vistazo para conocer los puntos más importantes respecto a este tema.
Pero, para que no tengas necesidad de repasar toda la Ley, en este artículo vamos a responder las preguntas más frecuentes sobre las herencias. Y si con este artículo no te resolvemos tus dudas sobre las herencias, puedes solicitar nuestro servicio de asesoría fiscal.
Aspectos a tener en cuenta de las herencias
¿Es posible desheredar a un hijo si quiero?
No, no es tan sencillo. Tiene que tratarse de un caso muy singular; pues el código civil y la legislación española mayormente abogan por la protección de la institución familiar.
Por esta razón es que solo en situaciones donde la unidad familiar se haya roto de forma flagrante es posible desheredar a los herederos legítimos, es decir, los hijos.
¿Cuáles son los trámites a realizar cuando alguien muere?
Lo primero que se debería hacer cuando fallece el familiar es hacer la liquidación del impuesto correspondiente. En otras palabras: pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Puede parecer difícil de creer, pero muchas personas piensan que la liquidación del impuesto no es estrictamente necesaria. ¿Y saben qué? Se equivocan.
Incluso, son los Registros Civiles de cada zona los que notifican a los órganos obligados a realizar el pago después del fallecimiento. De hecho los herederos que no cumplan con la liquidación corren el riesgo de que sean sorprendidos por la Ley.
¿Las deudas del fallecido no se heredan, pero sí sus bienes?
Sería un sueño realidad para muchos. Con esto queremos decir que no es posible heredar solo los bienes del fallecido, ya que su patrimonio es el objeto de la herencia y éste engloba tanto sus deudas como sus bienes.
En cuanto a los testamentos resulta importante saber que existe la posibilidad de heredar a beneficio de inventario. ¿Qué significa esto?, que las deudas de la persona fallecida puedes pagarlas con los propios bienes de la herencia.
Si queda algún bien después de pagar la deuda, eso es lo que te quedará como heredero. Por supuesto, hay casos en los que no queda nada.
Ahora ¿qué pasa si las deudas son mayores a los bienes? Bueno, la Ley establece que con la herencia a beneficio de inventario el heredero no deberá cubrirlas con su propio patrimonio.
Esto supone una gran ventaja, pues cuando se acepta una herencia de forma tradicional, las deudas del fallecido se pueden pagar tanto con los bienes heredados como con los del propio heredero.
¿Se puede rechazar una herencia?
Tal vez pensarás que nadie es capaz de rechazar una herencia, sin embargo, hemos conocido de muchos casos.
Es más, existen varias razones para no aceptarla, sin embargo, podemos mencionar una de los comunes; y es cuando el Impuesto de Sucesiones es tan alto que lo mejor es renunciar.
Cuando se presentan estas situaciones lo mejor es manejar información acerca de los testamentos. Por ejemplo, que el rechazo a la herencia no significa que siempre existan sustitos para aceptarla.
Eso sí, las personas que más suelen estar alerta en estas circunstancias son los cónyuges. ¿Por qué? Pues algunos piensan que su usufructo puede verse perjudicado al no aceptar la herencia, pero no es así; la renuncia a herencias no afecta a terceros.
Ante cualquier duda sobre este tema, recomendamos que nos contactes para brindarte la asesoría que necesitas. Ten en cuenta que esto solamente es un resumen de las cosas que debes saber sobre las herencias. ¡Escríbenos!