En G&V Assessors somos especialistas en el asesoramiento fiscal de herencias y sucesiones en Cataluña. Te asesoramos en todos los aspectos fiscales y tributarios en cuanto a los impuestos a pagar a la hora de recibir una herencia.
Fiscalidad y tributación de herencias
El hecho de transmitir bienes y patrimonio por medio de herencias, incluye la obligación por parte de los receptores o beneficiarios del pago del Impuesto de Sucesiones, regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
¿Cuál es la cuantía a tributar?
La cantidad que queda sujeta a tributación es el valor neto de la adquisición de cada uno de los herederos, es decir el valor de los bienes y derechos en el momento de la transmisión menos los gastos deducibles.
¿Qué podemos deducir?
- Todas las deudas del fallecido siempre que se puedan acreditar.
- Aquellas deudas tributarias del fallecido satisfechas por parte de los herederos.
- Todos los gastos relacionados con el proceso judicial y el entierro.
¿Cuáles son las reducciones aplicables?
Grupo I: las adquisiciones de los descendientes menores de veintiún años –> 15.956,87€, más 3.990,72€ por cada año menor de veintiuno que tenga.
Grupo II: las adquisiciones de los descendientes mayores de veintiuno, cónyuges y ascendientes –> 15.956,87€
Grupo III: las adquisiciones de colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad –> 7.993,46€
En el caso de tratarse de beneficiarios con un grado de discapacidad entre el 33% y el 65% se aplicará una reducción de 47.858,59€. Si el discapacitado presenta un grado superior al 65% se aplicará una reducción de 150.253,03€.
Además, en el caso de recibir una empresa individual o participaciones en negocios, se aplicará una reducción adicional del 95% a los cónyuges y descendientes.
¿Qué tipo de gravamen se aplica?
Después de aplicar correctamente las deducciones y reducciones a las adquisiciones obtenidas por medio de la herencia, nos fijaremos en esta escala para la aplicación del gravamen correspondiente:
¿Cuánto tenemos que pagar de impuestos a Hacienda?
Una vez tengamos la cuota íntegra, le aplicaremos el coeficiente establecido en base a la cuantía del patrimonio y el grado de parentesco. El resultado de aplicar estos coeficientes multiplicadores nos dará el valor aproximado de la deuda tributaria o lo que es lo mismo, los impuestos a pagar de la herencia recibida.
¿Cuál es el plazo de pago del Impuesto de Sucesiones?
El plazo es de 6 meses a partir de la muerte del causante. Se puede solicitar una prórroga de 6 meses más aplicando un interés de demora.
Fuente: Rankia