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Cobrar una herencia: trámites y advertencias importantes

Proceso de cobrar una herencia en Barcelona

Quizá pienses que estamos exagerando, pero cobrar una herencia es uno de los procesos más burocráticos que podrías afrontar en tu vida. Todo se resume en papeles, papeles y más papeles.

De solo leerlo da pereza, ¿verdad? Bien, antes de entrar de lleno con el tema de los trámites, recomendamos seriamente que busques asesoraría profesional si quieres cobrar una herencia.

Igualmente, para que tengas una idea de lo que te espera revelamos cada uno de los trámites que deberás realizar para el cobro de una herencia. ¿Empezamos?

Términos legales a tener en cuenta para cobrar una herencia

  1. Recopila una serie de documentos

Como ya lo sabes, el proceso consistirá en un papeleo constante. Eso sí, lo primero que deberás hacer es recolectar algunos documentos oficiales que te solicitarán en varias etapas burocráticas hasta el cobro final.

Nos referimos a los siguientes documentos:

Certificado de Defunción

Lo podrás solicitar siempre y cuando manifiestes tu interés por acreditar tu  parentesco con el fallecido. No deberás pagar para obtener este documento, pero tendrás que dirigirte al Registro Civil del lugar de residencia del difunto para solicitarlo.

Certificado de Actos de Última Voluntad

Muy atento con este documento, ya que solo podrás solicitarlo en el Ministerio de Justicia, una vez que transcurran 15 días hábiles del fallecimiento.

Para solicitar este certificado ante el Ministerio de Justicia deberás hacerlo mediante la gerencia territorial perteneciente a donde resides.

Lo sabemos, es posible que estés preguntándote por qué es tan importante este documento, la respuesta es simple: con él sabrás si hay testamentos o no.

Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento

Este documento se solicita para saber las indemnizaciones y beneficiarios de las pólizas que, el difunto pudiese tener contratada y que estipularan el caso de fallecimiento.

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  1. Descubre quiénes son los herederos

Tras obtener esta documentación inicial, tendrás qué determinar quiénes son las personas que tienen derecho sobre esa herencia.

En este punto, hay dos escenarios posibles, que exista testamento o que no exista. Por supuesto, esto lo sabrás a través del Certificado de Actos de Última Voluntad.

  • Si hay testamento deberás acudir al notario para que se contemple en el Certificado de Actos de Última Voluntad.
  • Si no hay testamento te verás en la obligación de hacer una declaración de herederos.
  1. Realizar la valoración de la herencia

Ya has determinado quiénes son los herederos, ¿ahora qué sigue? El siguiente paso será cuantificar los bienes y derechos que conforman la herencia. Esto incluye las posibles deudas que hubiere dejado el fallecido.

Si piensas que la herencia representa más deudas que beneficios, podrías aceptar la herencia a inventario. Con esta decisión podrás cubrir las posibles deudas con los recursos que te aporte la misma herencia.

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  1. Cuaderno Particional

El Cuaderno Particional es un documento muy pero muy complejo. Por ello suele ser escrito por un profesional.

En este documento se contempla lo siguiente:

  • Nombres de los herederos.
  • Inventario de bienes y derechos, incluyendo las deudas.
  • La parte de la herencia que le corresponderá a los herederos.
  • Firma de cada uno de los herederos.

Si en el documento se estipula algún inmueble, un notario tendrá que validar el Cuaderno Particional. No lo olvides, este documento es clave para concretar la repartición de la herencia.

  1. Impuestos

Es un trámite que deberás afrontar con mucho cuidado, ya que si lo haces bien, seguramente evitarás futuros conflictos con Hacienda y podrás solventar el tema de la herencia de forma rápida y sin problema alguno.

Los impuestos que tendrás que pagar son:

  • El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • El Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.

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  1. Recibir los bienes

Una vez que hayas terminado con todos estos trámites, podrás cobrar tu parte de la herencia tranquilamente.

Aunque lo más probable es que tengas que realizar un último proceso para que algunos bienes sean considerados como propios ante la Administración, como por ejemplo, algún inmueble o vehículo.

A pesar que ya conoces el extenso proceso que te espera, igual aconsejamos que tengas muchísima paciencia y busques una buena asesoría, de lo contrario podrías vivir una experiencia caótica.

Artículo publicado el 6 de julio de 2018. La normativa puede haber cambiado desde entonces: consulte su caso concreto con un profesional.

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